Qué son los "precios de Transferencia" y porqué son importantes |
| 31 / 5 / 2010 |
Las empresas de carácter multinacional tienen la enorme ventaja de poder realizar transacciones entre distintas entidades del mismo grupo, que siendo lícitas, pueden transferir beneficios e impuestos de países de alta tributación a países de más baja tributación, mediante la fijación de los precios a los que se realizan estas operaciones.
En 1994 el caso de Barclays Bank PLC contra el Estado de California llamó la atención de las haciendas de todo el mundo sobre la importancia económica de estos precios de transferencia. El Estado de California hizo tributar a Barclays en base a un porcentaje de los beneficios mundiales de las 220 sociedades del grupo que operaban en 60 países, basado en la proporción de empleados, propiedades y ventas que tenía en California. La forma tradicional hubiera sido tributar en base a los beneficios contables de la filial californiana. Barclays demandó al Estado de California y perdió ante el Tribunal Supremo de EEUU.
El hecho relevante es que el Estado de California había encontrado una forma de hacer que las empresas internacionales pagasen una parte razonable de sus impuestos allí. Pero si cada estado establece su norma de manera descoordinada, existe el riesgo de invertir las tornas y de acabar discriminando a estos grupos por hacerles pagar más impuestos de lo que les corresponde. Además deben respetarse los convenios, para evitar esta doble tributación, que existen entre casi todos los países. Por ello la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) se propuso resolver este problema y publicó unas normas orientativas que los distintos países han ido adaptando a su normativa interna. En nuestro caso, primero la Unión Europea y luego España.
Estas normas que, en España, entraron en vigor gradualmente desde el 1 de enero de 2007, tienen su primera consecuencia fiscal a partir de la declaración de impuestos de 2009 cuyo plazo ha empezado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en mayo, y terminará el próximo 26 de julio con el fin del plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades (IS). El principal objetivo de esta norma es que las operaciones entre personas o entidades vinculadas se valoren por su precio normal de mercado, y que la forma de determinar este precio sea documentada y esté disponible para la Inspección de Hacienda. Por ello, los empresarios deben analizar sus empresas para determinar si tienen obligaciones adicionales que cumplir a la vista de estas nuevas normas. Las sanciones por incumplimiento son elevadas.
Artículo publicado en Diario Sur (30/05/2010)
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