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Indemnizaciones millonarias por incumplir la igualdad de oportunidades

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Nacional, condena a una empresa a pagos millonarios por  no dar debido cumplimiento a las obligaciones que tiene establecidas en el Plan de Igualdad. Dichas sanciones pecuniarias son las siguientes:

  • 300,00 euros diarios hasta que dé cumplimiento definitivo a las obligaciones que tiene establecidas en el Plan de Igualdad.
  • 300,00 euros diarios desde la notificación del Auto por el que se le requería el cumplimiento  y hasta el mes de julio de 2018.
  • 150,00 euros diarios desde que se notificó el primero de todos los autos en 2017.

Sin duda esta resolución deriva, del sistemático incumplimiento por parte de la empresa de los requerimientos formulados judicialmente que exigían el respeto a las obligaciones establecidas en el Plan de Igualdad. No obstante, siendo un caso extremo, éste nos debe llevar a reflexionar sobre la necesidad de las empresas de estar preparadas para dar cumplimiento a dichas obligaciones, ya que la igualdad ha venido para quedarse. Y así se deriva, tanto del marco normativo vigente, como de la previsión de la Inspección de Trabajo en su Plan Estratégico para el periodo 2018 – 2010 que establece diversas actuaciones para comprobar  y garantizar el cumplimiento de la legislación en materia de igualdad y no discriminación, como las siguientes:

  1. Especializando Inspectores de Trabajo en materias de igualdad y priorizando actuaciones en dicha materia, sobre todo dirigidas a colectivos más vulnerables.
  2. Diseño de campañas específicas en materia de igualdad de género.
  3. Establecimiento de sistemas de actuación para actuar sobre la brecha salarial.
  4. Campañas para detectar posibles clausulas discriminatorias en la negociación colectiva.
  5. Campañas específicas para la conciliación de la vida personal y laboral.

A modo de resumen, hay que recordar que todas las empresas están obligadas a cumplir la normativa de Igualdad de trato y oportunidades. Pero algunas empresas tienen la obligación adicional de establecer el denominado Plan de Igualdad, como ocurre en los siguientes casos:

  1. Las empresas que tengan más de 250 trabajadores.
  2. Las empresas obligadas por convenio colectivo.
  3. Las empresas que se ven obligadas tras un proceso inspector.

El incumplimiento de la normativa de igualdad constituye una infracción grave sancionado con multas económicas que oscilan entre 6.251,00-187.515,00 Euros, además de la pérdida automática de ayudas, bonificaciones o beneficios en los programas de fomento del empleo.
En UHY Fay & Co contamos con un equipo especialista en la materia, y nos ponemos a su disposición para revisar su situación y prepararse para el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo, así como para implantar las obligaciones que derivan de la normativa aplicable en la empresa, ya sea una empresa obligada a implantar un plan de igualdad o para valorar la oportunidad de implantar las medidas oportunas en aquellas empresas no obligadas.
 
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