Como consecuencia de la crisis económica y sanitaria derivada del Covid-19, el Gobierno español ha venido adoptando vía Real Decreto y Real Decreto Ley multitud de medidas con la finalidad de mitigar los efectos adversos de la crisis y facilitar una pronta recuperación económica en forma de V.
El último paquete de medidas aprobado es el contenido en el Real Decreto Ley (RDL) 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Entre las medidas aprobadas se encuentran aquellas destinadas al apoyo a trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables, autónomos, así como las medidas para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia del COVID-19.
En materia impositiva, como viene siendo habitual, las medidas aprobadas son escasas. Este Real Decreto Ley viene a extender la ampliación de los plazos aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, a las actuaciones y procedimientos tributarios de igual naturaleza realizados o tramitados por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
Asimismo, se regulan ampliaciones de plazos en relación con la interposición de recursos y reclamaciones en determinadas circunstancias y para determinados procedimientos, resultando de aplicación en el ámbito estatal, autonómico y local.
A su vez, se reconoce de forma expresa que las ampliaciones de plazos para el pago de las deudas tributarias recogidas en el citado artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2020, se aplican a las demás deudas de naturaleza pública.
RESUMEN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR RDL 11/2020 EN EL ÁMBITO FISCAL
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