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Protocolo para el registro de tiempos de trabajo y descanso

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Noticias Laborales

Transcurridos 9 meses de la entrada en vigor de la obligación de todas las empresas de registrar diariamente la jornada de todos y cada uno sus trabajadores, ya se encuentren en la empresa o presten sus servicios fuera del centro de trabajo (posts de marzo y abril de 2019) y vista la experiencia acumulada en este periodo en las empresas, es momento de revisar el registro y tomar decisiones de futuro.

Además, como esta obligación afecta a modelos de negocio y actividades que promocionan y precisan más flexibilidad laboral, conciliación, no presentismo, lo que cierto modo puede dificultar cumplir objetivos en esta línea, recomendamos realizar un análisis de la situación en la organización para poder establecer LOS PROTOCOLOS DE REGISTRO DE JORNADA LABORAL adecuados a cada organización, partiendo de:

  1. La revisión de la experiencia e incidencias que se hayan podido producir en el proceso de registro de la jornada en los meses iniciales de aplicación de la norma.
  2. Revisión de los sistemas utilizados para su control y adecuación a las necesidades específicas de cada organización.
  3. Control del cumplimiento de otras obligaciones que derivan del sistema de control: datos personales, privacidad, etc.

Con todo ello, se podrán fijar las normativas que permitan a la organización establecer protocolos de seguridad que eviten malentendidos, discrecionalidad en el registro que puede generar horas extras no acordadas y sanciones para la entidad, claridad en las obligaciones de las partes y mayor seguridad para todos con el establecimiento de reglas claras, respetando las obligaciones legales en cada caso.

No debemos olvidar que el incumplimiento del registro constituye una infracción laboral grave, sancionable con multas entre 626€ y 6.250€. Pero, lo más importante es que si no se controla adecuadamente, pueden derivar infracciones y costes muy elevados para las organizaciones que se pueden evitar o reducir a través de políticas adecuadas.

Por todo ello desde UHY Fay & Co nos ponemos a su disposición para analizar la situación de su organización y establecer los PROTOCOLOS necesarios para minimizar los riesgos que pueden derivar del cumplimiento de la normativa de registro horario.

Fe López

Socia – Derecho Laboral

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